Mercancías fuera de plazo

Asesoramiento integral a empresas, entidades públicas y particulares en Ibiza desde 1973.

En las compraventas entre empresas, la fecha de entrega es fundamental.

En las compraventas entre empresas, si el vendedor no entrega la mercancía en el plazo pactado, el adquirente puede optar entre dos posibilidades:

  • Por un lado, puede exigir el cumplimiento del contrato y que le entregue la mercancía (aunque sea tarde).
  • Por otro, también puede optar por resolver el contrato y anular el pedido.

Tanto si el adquirente opta por exigir la entrega como por anular el pedido, también puede reclamar una indemnización por los daños y perjuicios que sufra. Eso sí: deberá ser capaz de demostrar dichos daños y perjuicios.

  • Por ejemplo, si, como consecuencia del retraso, el adquirente tiene que pagar un sobreprecio a otro proveedor, puede solicitar como indemnización ese sobreprecio pagado.
  • En otros casos, sin embargo, será más difícil probar los daños y perjuicios sufridos; por ejemplo, si el vendedor actúa de buena fe y no fue advertido de las consecuencias del retraso.

Si pactó la entrega de una cantidad de mercancía determinada en un plazo concreto y el proveedor sólo puede entregarle una parte, usted puede negarse. No obstante, también puede recibir esa parte (que deberá pagar) y, respecto al resto, optar por las dos posibilidades indicadas: exigir que se le entregue o anular el pedido, con indemnización en ambos casos.

Publicado en Noticias

Unidad
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.