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Martes, 09 Marzo 2021 19:54

Modelo 720: Declaración de Bienes en el Extranjero 2020

El próximo 31 de marzo de 2021 finaliza el plazo para efectuar la declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero del ejercicio 2020, Modelo 720, aprobado mediante la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre.

Con carácter general, estarán obligados a presentar esta declaración informativa las personas físicas o jurídicas residentes en España, que posean bienes y derechos situados en el extranjero que determinan la obligación de presentar la declaración.

Se deberá informar sobre tres diferentes bloques de bienes y derechos que estén situados en el extranjero:

a) Cuentas en entidades financieras. Cuentas en efectivo situadas en el extranjero de las que los obligados sean titulares jurídicos, titulares reales, autorizados, representantes, beneficiarios o bien tengan poderes de disposición.

b) Valores, derechos, rentas y seguros depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero.

c) Bienes inmuebles y derechos reales sobre ellos situados en el extranjero.

Con carácter general, no existe obligación de presentar la declaración cuando el conjunto de los bienes y derechos de cada uno de los tres bloques de bienes individualmente considerado no supere los 50.000 euros (es decir, se puede estar exonerado de declarar en un bloque de bienes pero obligado en otro). Para calcular el citado límite se debe tener en cuenta la valoración global de los bienes independientemente del grado de participación de cada obligado.

Informarles además, que en el caso de que hubiesen sido contribuyentes del Modelo 720 en ejercicios anteriores, para el ejercicio 2020, únicamente tendrán la obligación de presentar la citada declaración, si en cualquiera de los tres diferentes bloques que habían determinado la presentación de la última declaración, se diera alguna de las siguientes circunstancias:

a) Hubiese experimentado un incremento superior a 20.000 euros.

b) Se dejara de estar en posesión de los bienes por los que se tuvo la obligación de presentar la declaración en ejercicios anteriores.

Estamos como siempre a su disposición para cualquier duda o aclaración que puedan precisar.

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